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Cooperativa de trabajo asociado

Si vais a emprender entre varios, la cooperativa de trabajo asociado es la forma jurídica pensada exactamente para eso: los socios son a la vez los trabajadores y los dueños del proyecto.

¿Qué es y en qué se diferencia de una SL?

En una cooperativa de trabajo asociado, los socios aportan su trabajo (y normalmente algo de capital) y son a la vez propietarios y trabajadores. No hay separación entre "los que mandan" y "los que trabajan": las decisiones importantes se votan en asamblea, un socio, un voto, con independencia de cuánto capital haya aportado cada uno.

Eso la diferencia de una SL, donde el peso del voto depende de las participaciones que tenga cada socio.

Socios mínimos

La normativa estatal exige un mínimo de 3 socios trabajadores para constituir una cooperativa de trabajo asociado. Algunas leyes autonómicas (Cataluña, País Vasco, entre otras) permiten cooperativas de 2 socios en sus primeros años de vida, con obligación de alcanzar el mínimo general pasado un plazo. Conviene comprobar la ley de cooperativas de tu comunidad autónoma antes de empezar.

Régimen de Seguridad Social

Los estatutos de la cooperativa deben elegir, para todos los socios trabajadores, entre:

  • Régimen General (asimilado a trabajador por cuenta ajena) — cotizas como un empleado normal.
  • RETA (autónomos) — cotizas como autónomo.

Esta elección afecta directamente a cuánto pagáis de cotización y qué prestaciones tenéis (paro, por ejemplo, solo con determinadas condiciones en RETA). Es una de las primeras decisiones que hay que tomar al redactar los estatutos.

Fiscalidad

Las cooperativas protegidas tributan por el Impuesto de Sociedades a un tipo reducido del 20% sobre los resultados cooperativos (frente al 25% general), y existen bonificaciones adicionales para cooperativas de nueva creación. Además, muchas CCAA ofrecen bonificaciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para la constitución de cooperativas.

Reparto de resultados

Los beneficios (llamados "excedentes") se reparten según la actividad cooperativizada de cada socio (por ejemplo, horas trabajadas), no según el capital aportado. Una parte obligatoria va a un Fondo de Reserva Obligatorio y a un Fondo de Educación y Promoción, lo que hace que la cooperativa reinvierta en sí misma incluso en años buenos.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos socios mínimo hacen falta para montar una cooperativa de trabajo?

La ley estatal exige 3 socios trabajadores. Algunas CCAA permiten empezar con 2 durante los primeros años.

¿Cotizo como autónomo o como asalariado en una cooperativa?

Lo decide la cooperativa en sus estatutos: Régimen General o RETA (autónomos) para todos los socios trabajadores por igual.

¿Pagan menos impuestos las cooperativas?

Sí, tributan al 20% en el Impuesto de Sociedades por sus resultados cooperativos (frente al 25% general), con bonificaciones adicionales en la constitución en muchas CCAA.

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Aviso: esta información es orientativa y de carácter divulgativo, no constituye asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto acude a un profesional o a los servicios públicos de vivienda y consumo de tu comunidad autónoma.